Google Lo que nos faltaba los consejeros del IFE se niegan a proporcionar su declaración patrimonial

viernes, 26 de octubre de 2012

Lo que nos faltaba los consejeros del IFE se niegan a proporcionar su declaración patrimonial


Los intocables del poder y ... ¡como no! si el impuesto les debe el pequeño favor de estar a un mes de sentarse en la grande.


Las y los consejeros del IFE, entre ellos, el presidente, Leonardo Valdés Zurita, se negaron a proporcionar su declaración patrimonial, luego de que una ciudadana a través del Sistema Electrónico de Solicitudes de Acceso a la Información del órgano, lo requirió.
En un primer intento, el 19 de julio de este 2012, la ciudadana de manera textual requirió “solicito las declaraciones patrimoniales de las Consejeras y los Consejeros del IFE. Me refiero, claro, a las y los integrantes del Consejo General del IFE, omitiendo aquellos datos que sean de carácter estrictamente personal, como el domicilio, pero no los montos generales en cuentas bancarias y propiedades propios y de familiares directos y dependientes económicos”.

En una primera respuesta el Comité de Información y la Contraloría General, ambas áreas del IFE, negaron la solicitud, bajo el amparo a lo establecido en el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el Reglamento del IFE.
Se le informó a la ciudadana que “se trata de información no pública, en virtud de que así lo determinaron expresamente en sus respectivas declaraciones las consejeras y los consejeros del IFE”.
No conforme con esta primera respuesta, el 29 de agosto de este año, la ciudadana interpuso ante la Secretaría Técnica del órgano Garante, un recurso de revisión bajo el expediente número OGTAI-REV-261, del cual NoticiasMVS tiene una copia.
Luego de analizar el requerimiento, se determinó que tanto el Comité de Información y la Contraloría General, emitieron una resolución “apegada a la reglamentación, en virtud de los criterios aplicables para confirmar la clasificación de confidencialidad de la información solicitada”. 
En el documento de 16 fojas se explicó a la recurrente que “es necesaria la autorización de los titulares de la información, toda vez se trata de las declaraciones patrimoniales de los consejeros electorales del Consejo General del Instituto, mismas que por una parte contienen información de carácter confidencial tal como la relativa al patrimonio y por la otra, en todos los casos, los servidores públicos manifestaron expresamente su voluntad de no hacer pública la información”, con base en la Constitución y en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE).
Bajo estos argumentos, el Órgano Garante de la Transparencia y el Acceso a la Información, el cual preside, la consejera María Marván Laborde, declaró infundado el recurso de revisión de la ciudadana.

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